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Con dos socios: una cooperativa

REDACCIÓN / VITORIA. OCTUBRE-NOVIEMBRE 2008

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El Parlamento vasco aprobó recientemente la Ley de la Sociedad Cooperativa Pequeña de Euskadi, que permite que con dos personas se pueda crear una cooperativa. Además, se amplían los límites a la contratación de trabajadores.

Una sesión en el Parlamento vasco

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Una sesión en el Parlamento vasco.

En los últimos años se ha experimentado, en el seno de las instituciones de la Unión Europea, una progresiva sensibilización hacia la adopción de diversas iniciativas orientadas a favorecer la simplificación de los condicionantes precisados para la puesta en marcha de nuevas iniciativas empresariales.

Adaptarse a los cambios

El mundo cooperativo no sólo no puede ser ajeno a los cambios citados, sino que constituye un ámbito al que deben trasladarse sin dilación las modificaciones que, desde la óptica aludida, propicien la creación de una dinámica que favorezca el emprendizaje de las pequeñas cooperativas en su condición de agentes creadores de más empleo, empleo de más calidad y, como sello diferenciador de las empresas que surjan en este ámbito, bajo formas de autogestión.

Con esta norma se implantan las recomendaciones y compromisos para las pymes, en general, y para las pequeñas empresas, en particular, de las instituciones de la Unión Europea.

La normativa tiene su repercusión en las cooperativas de trabajo asociado, y existen cuatro aspectos que son los más relevantes.

En primer lugar, se posibilita la constitución de cooperativas con un número mínimo de dos socios. La norma, además, deja lugar a un máximo de diez personas socias trabajadoras indefinidas.

En segundo lugar, se amplían los límites a la contratación de trabajadores por cuenta ajena y se permite la incorporación de socios de duración determinada durante los cinco primeros años de existencia de la cooperativa.

En tercer lugar, se simplifican y agilizan los trámites para constituir una cooperativa, mediante la puesta a disposición de los promotores de modelos de Estatutos Sociales estandarizados.

Y en cuarto lugar, se contempla la implantación de las tecnologías de la información y comunicación con lo que se conoce como Documento único electrónico de la sociedad cooperativa pequeña y los Puntos de Asesoramiento e Inicio de tramitación de Cooperativas Pequeñas de Euskadi.

Los responsables del movimiento cooperativo vasco esperan que, como consecuencia de esta nueva ley, se incremente notoriamente el número de cooperativas que se constituyan en Euskadi.

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