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El Gobierno da subvenciones para que las Pymes innoven

Lo hace mediante bonos tecnológicos

REDACCIÓN / LAS PALMAS. MARZO-ABRIL 2010

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Juan Ruiz Alzola

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El director de la agencia tecnológica canaria ACIISI, Juan Ruiz Alzola.

Hasta el próximo septiembre las Pymes y emprendedores canarios tienen tiempo para presentarse a las subvenciones para la innovación tecnológica. El Gobierno dará bonos tecnológicos para el desarrollo dentro de cada emprendimiento.

Las entidades que pretendan beneficiarse de la subvención deberán aportar los datos, tanto en los impresos normalizados como en la memoria que acompaña a la solicitud, en los que se deduzca que el proyecto está adecuadamente definido y que permita ser evaluado conforme a los criterios establecidos.

Además, el beneficiario deberá autofinanciar el proyecto o servicio en, al menos, un 25% del coste aprobado del proyecto, salvo para las acciones TIC-1 y TEC-1 que será del 20%.

Por otro lado, en ningún caso podrá concertarse por el beneficiario la ejecución total o parcial de las actividades subvencionadas con personas o entidades vinculadas con aquél, salvo que esto esté aprobado previamente por el Gobierno.

Beneficiarios

Podrán presentarse a los subsidios las pequeñas y medianas empresas (Pymes) y los profesionales autónomos que desarrollen su actividad en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias; y los emprendedores que pretendan poner en marcha una empresa de base tecnológica con personalidad jurídica propia, siempre y cuando dichos emprendedores tengan constituida su empresa con menos de un año de antigüedad o estén dados de alta como trabajadores autónomos en el momento de presentar la solicitud de ayuda.

Las solicitudes deben presentarse por duplicado y deberán ir acompañadas del original y una copia de los impresos normalizados; una memoria explicativa y presupuesto del proyecto; una oferta del proveedor del servicio (factura pro forma u oferta comercial); un poder del representante; el CIF o NIF del solicitante; y certificados de estar al corriente del pago de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social, declaración jurada con la relación mensual de trabajadores dados de alta en el último año natural y copia del TC1 y TC2 del mes anterior al de la solicitud; último recibo de abono del modelo de autoliquidación de los trabajadores por cuenta propia que presten servicios en la entidad solicitante, en caso de que ésta no tuviese trabajadores por cuenta ajena; un plan de financiación y previsión de ingresos y gastos; y, en su caso, presentación de escritura de constitución o documento equivalente.

En el caso de que se agoten los recursos, tendrán prioridad las empresas que no hayan sido beneficiarias durante los tres últimos años por subvenciones del Gobierno de Canarias, las que tengan menor tamaño, en función del número de trabajadores y del volumen de facturación, por este orden, y la ubicación de la empresa en islas no capitalinas.

Toda la tramitación de las subvenciones es electrónica, y debe realizarse a través de la siguiente dirección web:

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